Desde el pasado fin de semana, Alfredo Pérez Herrera, director y propietario del periódico “La Voz del Sur de Jalisco”, se convirtió en el primer jalisciense que aparece en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, que publica el Instituto Nacional Electoral (INE), y permanecerá ahí, exhibido públicamente, sujeto a la atención de diversas autoridades, por un periodo de por lo menos tres años.
Este registro -advierte el INE- tiene por objeto compilar, sistematizar y, en su caso, hacer del conocimiento público la información relacionada con las personas que han sido sancionadas por conductas que constituyan violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante resolución o sentencia firme o ejecutoriada emitidas por las autoridades administrativas, jurisdiccionales y penales tanto federales y locales.
En este caso, la sentencia definitiva contra Alfredo Pérez Herrera y el diario “La Voz del Sur de Jalisco” fue emitida por el Tribunal Electoral de Jalisco el pasado 22 de febrero del 2021. “La persona sancionada permanecerá en el registro hasta por tres años si la falta fuera considera como leve; hasta cuatro años si fuera considerada como ordinaria, y hasta cinco años si fuera calificada como especial”, explica el INE.
En este registro hay 26 personas. Veracruz es el estado que tiene más ciudadanos sancionados, con 12 y le siguen con cuatro casos Campeche y Quintana Roo. Jalisco solo tiene un sancionado.
El 25 de enero del 2021 el Comité Directivo Estatal del PAN formuló una denuncia ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Jalisco, en la que se solicitó el proceso especial sancionador contra el periódico “La Voz del Sur de Jalisco”, ya que consideró que denostaba a las aspirantes a la presidencia municipal de Zapotlán El Grande en la próxima contienda electoral del domingo 6 de junio del 2021.
Sobre el mismo asunto se pronunciaron las legisladoras emecistas Mara Robles, Elizabeth Alcaraz, Priscilla Franco, Ana Lidia Sandoval, Mirza Flores, Patricia Meza y Rosa Fregoso; las priistas Mariana Fernández y Sofía García; y las panistas Claudia Murguía e Irma de Anda. También se sumaron al reclamo representantes del Consejo Empresarial de Mujeres de Jalisco, y la precandidata del PAN a la alcaldía de Zapotlán el Grande, María de Jesús Cárdenas, entre otras.
El 30 de enero del 2021 la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC Jalisco declaró procedente la medida cautelar en los términos solicitados por las denunciantes, para que dentro de un plazo que no podría exceder de veinticuatro horas a partir de la correspondiente notificación, se retiraran de la circulación los ejemplares físicos del semanario, y se dieran de baja en su edición digital y en redes sociales.
El IEPC Jalisco también ordenó al periódico “La Voz del Sur de Jalisco”, se abstuviera de realizar publicaciones que contuvieran cualquier estereotipo de género, así como cualquier acto que tuviera por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos políticos electorales de las mujeres y en general cualquier acto de violencia de género en contra de ellas.
Al ratificar la sanción, y resolver el Procedimiento Sancionador Especial, el Tribunal Electoral de Jalisco explica en su sentencia: “El pasado viernes 22 de enero del año 2021, salió a circulación y fue publicada en la localidad del municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, la edición 1560 del año XXIX del periódico semanal ‘La Voz del Sur de Jalisco’, periódico de circulación regional, en cuyo encabezado y como nota principal se encuentra como cabeza de texto ‘Mujeres pelaran por alcaldía de Zapotlán’. En dicho encabezado y como fondo en color rojo, se encuentran dos imágenes, la primera perteneciente al símbolo astronómico y astrológico que corresponde a Venus, y que representa al sexo femenino, y a un lado de este, la imagen de dos mujeres las cuales son de identidad desconocida, que se encuentran jaloneándose violentamente mutuamente el cabello, representando una riña o pelea entre mujeres”.
Agrega el Tribunal: “Dicho encabezado hace referencia a una nota editorial que se encuentra en la página 2 del citado semanario, escrito por Alfredo Pérez Herrera (…) responsable de dicha nota editorial, quien también es propietario del medio de comunicación impreso. Los ejemplares del semanario se encuentran en circulación en diversos puntos de distribución y venta del mismo por toda la región sur del estado de Jalisco”.
Explica la sentencia que “el mismo responsable editorial y propietario del semanario, admite que su portada ha estado siendo muy criticada por estudiantes de periodismo del Centro Universitario del Sur de la Universidad de Guadalajara, y los critica por no ejercer y que su experiencia solo les da para vivir a costa del erario. Lo anterior, según se desprende de las cuentas de redes sociales del ahora denunciado”.
Recapitula el Tribunal: “Resulta evidente que el contenido de la portada de la edición del semanario reúne todos los elementos que constituyen actos de violencia política contra las mujeres en razón de género por la referencia contenida en imágenes que infieren denostación a la clase política femenina del municipio de Zapotlán el Grande (…) El hecho de comunicar a través de una imagen de dos mujeres de las cuales son de identidad desconocida, que se encuentran jaloneándose violentamente mutuamente el cabello, representando una riña o pelea entre mujeres, infiere que las disputas o contiendas de las mujeres solo se arregla a través de golpes o violencia física, dando entender entonces que las mujeres no tienen capacidad de contender o intercambiar sus diferencias por otros métodos como lo son el dialogo o los acuerdos, elementos precisamente esenciales en el ejercicio de la política”.
“Por ello -se agrega en la sentencia-, lo que la imagen en ‘Clip Art’ representa y comunica a los lectores de manera insidiosa en miras de los comicios electorales de junio del 2021, es que la contienda entre mujeres será de un nivel de pelea callejera lo que infiere a interpretar incapacidad para el ejercicio de la política por parte de las que ahora son precandidatas a ocupar la presidencia municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco, lo que constituye por supuesto un acto de violencia política de género”. (Págs. 23 y 24 de la sentencia).
En consecuencia el Tribunal Electoral confirmó la determinación adoptada por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
“Así pues, este Pleno del Tribunal Electoral local (…) tiene a bien ordenar como medida de reparación integral a favor de las denunciantes y de la generalidad de las mujeres ciudadanas del Estado de Jalisco, que el medio de comunicación ‘La Voz del Sur de Jalisco’, por conducto de su director y propietario Alfredo Pérez Herrera, realice una disculpa pública, en la próxima edición del periódico, la cual, deberá ser en su formato impreso (con el mismo tiraje que la publicación denunciada), así como también, en su versión digital en su página de internet, con las mismas dimensiones y ubicación de la imagen denunciada; en donde se establezca, que no fue correcto realizar ese tipo de actos relativos a violencia simbólica en contra de las mujeres que participan en la política en nuestra entidad, además, del compromiso formal de abstenerse en un futuro de realizar otra publicación similar, así como, cualquier acto que tenga por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio, de los derechos políticos electorales de las mujeres”. (Págs. 83 y 84 de la sentencia).
Concluye: “Se considera proporcional y además razonable que el infractor Alfredo Pérez Herrera, en su calidad de director y propietario del periódico ‘La Voz del Sur de Jalisco’, se someta a un curso o taller de capacitación orientado a la prevención de la violencia de género. Para estos efectos, el infractor contara con el plazo de cinco días contados a partir de la notificación personal de esta sentencia, para que se presente ante el personal de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres, del Gobierno del Estado de Jalisco, para que en ese lugar le den instrucciones, con la finalidad de que tome el curso o taller, que los especialistas de dicha dependencia consideren el adecuado; con el objeto de proporcionar al infractor, los conceptos y las herramientas metodológicas, para la prevención de la violencia contra las mujeres”. (Págs. 84-85 de la sentencia)
Así lo resolvieron la magistrada presidenta del Tribunal Electoral de Jalisco, Ana Violeta Iglesias Escudero; el magistrado Everardo Vargas Jiménez ; el magistrado Tomás Vargas Suárez y el Secretario General de Acuerdos, Álvaro Zuno Vásquez. (Por Pedro Mellado Rodríguez / Imágenes: Instituto Nacional Electoral)