El reparto de utilidades es un derecho laboral que se entrega en 2025 si la empresa generó ganancias en 2024.
Para personas morales, el pago debe realizarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo; para personas físicas, entre el 1 de mayo y el 29 de junio.
Tienen derecho quienes hayan trabajado al menos 60 días en el año fiscal anterior.
El monto se calcula con base en el 10 por ciento de las utilidades netas declaradas ante el SAT, considerando días laborados y salario base, con un tope de tres meses de sueldo o el promedio de los últimos tres años, lo que sea más favorable.
Si no se paga en tiempo y forma, los trabajadores pueden presentar una denuncia ante la Profedet.
