Si el próximo 6 de junio del 2021, cuando usted acuda a la casilla que le corresponda, a depositar su voto, nota que algún funcionario electoral pretende inducir o presionar a algún ciudadano para que sufrague o se abstenga en favor de algún partido político, coalición o candidato, no tenga duda que esa persona estaría cometiendo un delito electoral que debería ser denunciado y según corresponda, sancionado.
También podría presentarse el caso de que algún funcionario electoral, presidente o secretario de mesa directiva de casilla, decida instalarla, o la abra o cierre fuera de los tiempos y formas previstos por la ley de la materia, o en su defecto instale la urna en un lugar distinto al legalmente señalado, o impida su instalación. Esa persona también estaría cometiendo un delito electoral.
Ahí en la casilla busque usted al representante del partido con el cual usted simpatice, o al que le despierte más confianza o menos desconfianza, y denuncie las conductas irregulares.
Sin duda alguien le atenderá, pues hasta el pasado martes 25 de mayo del 2021, los partidos políticos y los candidatos independientes solicitaron al Instituto Nacional Electoral (INE) el registro de 2 millones 987 mil 443 representantes generales y de casilla, que estarán vigilando la buena marcha de los comicios.
La Ley General en Materia de Delitos Electorales establece en su Artículo 8 que se impondrá de cincuenta a doscientos días multa y prisión de dos a seis años, al funcionario electoral que incurran en algunas de las siguientes conductas:
Que altere en cualquier forma, sustituya, destruya, comercialice o haga un uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores.
Que se abstenga de cumplir, sin causa justificada, con las obligaciones propias de su cargo, en perjuicio del proceso electoral.
Que obstruya el desarrollo normal de la votación sin mediar causa justificada; que altere los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales electorales; que no entregue o impida la entrega oportuna de documentos o materiales electorales, sin mediar causa justificada.
También sería sancionada la persona que induzca o ejerza presión, en ejercicio de sus funciones, sobre los electores para votar o abstenerse de votar por un partido político, coalición o candidato; quien instale, abra o cierre una casilla fuera de los tiempos y formas previstos por la ley de la materia, la instale en lugar distinto al legalmente señalado, o impida su instalación; quien expulse u ordene, sin causa prevista por la ley, el retiro de la casilla electoral de representantes de un partido político o de candidato independiente u observadores electorales legalmente acreditados o impida el ejercicio de los derechos que la ley les concede.
También quien permita que un ciudadano emita su voto a sabiendas de que no cumple con los requisitos de ley o que se introduzcan en las urnas ilícitamente una o más boletas electorales; quien divulgue, de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados, o quien realice funciones electorales que legalmente no le hayan sido encomendadas.
Los ciudadanos también pueden contribuir, el día de la jornada electoral, a la buena marcha de los comicios, denunciado a quienes asuman conductas que pudieran considerarse irregulares o delictivas.
Todos los representantes de partidos y de candidatos independientes están preparados para denunciar irregularidades y todos los partidos cuentan con equipos de abogados que les respaldan para fundamentar jurídicamente sus reclamos. (Por Pedro Mellado Rodríguez / Infografía: INE)