El Congreso de la Ciudad de México aprobó un dictamen para que los establecimientos mercantiles de bajo impacto y de impacto vecinal estén obligados a contar con cambiadores de pañales para bebé en los sanitarios de hombres y mujeres.
Por unanimidad, las y los legisladores avalaron cambios al artículo 10 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para que los establecimientos, con un aforo mayor a 100 personas, cuenten con cambiadores de pañales en los sanitarios de hombres y mujeres indistintamente.
Quedarán exentos de esta norma, enviada a la Jefatura de Gobierno para su publicación, los giros mercantiles de masajes y gimnasios.




