La Suprema Corte de Justicia de la Nación eliminó el requisito de cinco años de convivencia mínima para acreditar el concubinato que exige la Ley del ISSSTE para acceder a una pensión y servicios de salud.
Los ministros aprobaron modificar dicho criterio establecido por la anterior integración del Alto Tribunal al considerar que se está ante una nueva realidad y nuevos modelos de familia.
Dijo que en los estados del país se ha regulado de manera distinta el concubinato. “Por ejemplo, Jalisco, Querétaro, Durango, Chiapas se ha señalado que el concubinato debe tener una duración de tres años. En Zacatecas, Aguascalientes, Tamaulipas y la Ciudad de México se señalan dos años, y en el caso del Estado de México y Tabasco, un año”.



