El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el impuesto dirigido a turistas extranjeros mayores de 14 años que visitan el municipio de Puerto Vallarta.
En su proyecto, el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía señaló que la norma municipal no especificaba con claridad los beneficios o servicios que justificaban el cobro, lo que generaba indefinición sobre su naturaleza y aplicación.
“No se especifica el tipo de servicio ni el tipo de uso o aprovechamiento de los bienes o espacios públicos municipales a los que se refiere, dejando abierta la posibilidad de que se trate incluso, de aquellos servicios o aprovechamientos de bienes o espacios públicos ya contemplados o regulados por las leyes fiscales del municipio”.
El impuesto consistía en un cobro de 1.25 UMA, equivalente a aproximadamente 141 pesos o cerca de cinco dólares por persona.
El pago debía realizarse por turistas extranjeros que arribaran al municipio, con excepciones para niñas, niños, extranjeros residentes en México, visitantes que llegaran en cruceros, personas con discapacidad y personal de la industria turística. (Por Marck Hernández)



